¿No estás de acuerdo con el reparto de utilidades? Así puedes impugnarlo legalmente
Enrique Rueda Santillán.
¿Otro año sin reparto de utilidades?
¿El monto que te dieron no corresponde a lo que trabajaste?
¿Sabías que puedes impugnar el reparto si crees que tu patrón declaró menos de lo que debía?
Esta herramienta legal, poco conocida, puede ser la diferencia entre quedarte callado o recibir lo que te corresponde.
Tienes derecho a saber cómo se calcularon tus utilidades
Cada año, los patrones deben presentar su declaración fiscal, y con base en ella calcular el reparto de utilidades. Pero, ¿qué pasa si notas que algo no cuadra?
De acuerdo con el Reglamento de los artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a revisar la declaración y presentar objeciones formales ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) si consideran que hubo irregularidades.
¿Qué información debe proporcionar el patrón?
El empleador está obligado a compartir con los trabajadores:
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La declaración anual
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El proyecto de reparto de utilidades
Este acceso no es un favor, es un derecho. Si detectas inconsistencias, tú o una comisión de trabajadores tienen hasta 60 días hábiles para presentar una objeción formal ante la SHCP.
¿Cómo se presenta una objeción formal?
El escrito de objeción debe incluir:
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Nombre o razón social de la empresa
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Número de empleados
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Domicilio fiscal
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Ejercicio fiscal que se impugna
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Conceptos específicos que se están objetando
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Razones concretas del por qué el reparto fue incorrecto
No basta con decir “nos parece poco”; debes señalar elementos específicos, como ingresos omitidos, deducciones exageradas o gastos no justificados.
¿Qué pasa después?
Una vez presentada la objeción, la SHCP está obligada a notificar al patrón y pedirle que justifique las partidas cuestionadas. Esto puede dar lugar a una revisión fiscal. Si se confirman irregularidades, Hacienda puede ordenar una corrección en la declaración y un nuevo reparto de utilidades.
¿Necesito abogado para hacer esto?
No es indispensable, pero sí recomendable. Puedes acudir a:
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Tu sindicato
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La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)
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Una abogada o abogado de confianza
Ellos pueden ayudarte a que el escrito esté bien fundamentado y no pierdas tu oportunidad.
Conclusión
Este procedimiento es legal, está vigente y es totalmente válido. Pocos lo conocen, pero puede ser una herramienta poderosa cuando hay sospechas fundadas de que el patrón está ocultando información.
Recuerda: tienes solo 60 días hábiles para actuar, y un año para reclamar el pago de utilidades si no te las dieron.
¿Conocías este procedimiento? ¿Te gustaría que lo expliquemos paso por paso? Déjanos tu opinión en los comentarios.
Enrique Rueda
Santillán.
Maestro y
Licenciado en Derecho
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