CONSTANCIA LABORAL ¿CARTA DE RECOMENDACIÓN?
¿La empresa está obligada a dar carta de recomendación
o constancia laboral?
Si están obligados a expedir a cada trabajador que lo
solicite o se separe de la empresa, una constancia escrita relativa a sus
servicios.
La misma se deberá entregar dentro del plazo de 3
días.
Fundamento Legal. Ley
Federal del Trabajo
Artículo 132.- Son
obligaciones de los patrones:
VIII.- Expedir al
trabajador que lo solicite o se separe de la empresa, dentro del término de
tres
días, una constancia
escrita relativa a sus servicios;
Autor de
este artículo:
Enrique
Rueda Santillán.
Maestro
y Licenciado en Derecho
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