1. ¿Los
días de vacaciones se deben disfrutar en días hábiles o laborables?
Tal y cómo lo señala
el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, las vacaciones se deben disfrutar
en días laborables, es decir aquellos en los que regularmente trabajas, no en
días de descanso semanal u obligatorio.
Por ejemplo, si
trabajas de lunes a sábado, tus días doce días de vacaciones deberán ser
tomados de la siguiente manera:
Primeros 6 días de
vacaciones: Lunes a sábado (domingo no se toma como vacaciones)
Segundos 6 días de vacaciones:
Lunes a sábado (domingo no se toma como vacaciones).