¿A
qué tengo derecho si mi patrón me despide?
Tienes
derecho al pago de:
Tres meses de salario por concepto de
Indemnización Constitucional.
Prima de antigüedad (doce días de
salario por cada año de servicios, tomando como base para el pago de esta
prestación el doble del salario mínimo vigente).
Al pago de partes proporcionales de Vacaciones
y prima vacacional y aguinaldo
Salarios pendientes de pago.
Fundamento:
Artículos 48, 87, 79, 80, 162, 486 de la Ley Federal del Trabajo.