¿QUÉ
ES LA INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL POR DESPIDO?
¿QUIÉN TIENE DERECHO S RECIBIRLA? ¿A CUÁNTO ASCIENDE LA MISMA?
Si fuiste despedido de tu trabajo o te están pidiendo que firmes tu renuncia, sin duda el contenido de esta cápsula te va a interesar. Si el tema te gusta dímelo en los comentario y regálanos un like.
La Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos establece que “El patrón que despida a un trabajador sin
causa justificada o por haber ingresado a una asociación o sindicato, o por
haber tomado parte en una huelga lícita, estará obligado, a elección del
trabajador, a cumplir el contrato o a indemnizarlo”.
En el caso de que el trabajador opte por
la indemnización, esta consistirá en el importe de tres meses de salario.
Así mismo señala que el patrón tendrá
la obligación de indemnizar al trabajador con el importe de tres meses de
salario, cuando se retire del servicio por falta de probidad del patrono o por
recibir de él malos tratamientos, ya sea en su persona o en la de su cónyuge,
padres, hijos o hermanos. El patrono no podrá eximirse de esta responsabilidad,
cuando los malos tratamientos provengan de dependientes o familiares que obren
con el consentimiento o tolerancia de él.
El salario con el cual se deberá
indemnizar al trabajador, será el que corresponda a la fecha en la fecha en que
se realice el pago, debiendo recordar que El salario se integra con los
pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones,
habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra
cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Sirven de fundamento para este artículo, los artículos 123 fracción XXII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 48 y 84 de la Ley Federal del Trabajo.
Ahora ya lo sabes, la indemnización constitucional es una cantidad a la
que el trabajador tiene derecho a recibir por haber sido despedido
injustificadamente, que consiste en 3 meses de salario.
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Autor:
Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
www.ConciliaciónyArbitraje.mx.
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