PENSIÓN ISSSTE EN UMA’S
(Unidad de Medida y
Actualización)
COMO SE CALCULA
El cálculo de mi pensión se efectuaba en base
al salario mínimo
¿Por qué ahora se debe calcular en base a la UMA?
Debido a que el 17 de febrero de 2021, la Suprema Corte de la Nación determinó
que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el ISSSTE debe
cuantificarse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA), derivada
de la reforma constitucional en materia de desindexación del salario.
¿A partir de qué fecha mi ensión se debe
calcular en UMA’S?
A partir del mes de febrero 2021, en
cumplimiento a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
¿Pero que es un UMA?
La Unidad de
Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para
determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las
leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones
jurídicas que emanen de todas las anteriores.
Fuente: https://www.inegi.org.mx/temas/uma/#Informacion_general
¿Cuál es el valor de la UMA para el año 2021?
Año |
Diario |
Mensual |
Anual |
2021 |
$ 89.62 |
$ 2,724.45 |
$ 32,693.40 |
Fuente: https://www.inegi.org.mx/temas/uma/#Informacion_general
¿Cómo se calcula el valor mensual de la UMA?
El valor
mensual de la UMA se calcula multiplicando su valor diario por 30.4 veces y su
valor anual se calcula multiplicando su valor mensual por 12.
Entonces ¿cuál será el tope máximo de pensión
para un trabajador del ISSSTE?
Será el equivalente a 10 UMA’S que para el año
2021, asciende a $27,424.50
Valor UMA $2,742.45
Por topo máximo 10
--------------
Pensión máxima $27,424.50
¿Aplica a todos los pensionados?
No, sólo se aplicará a los trabajadores que recibían
más de $25,000 mensuales y decidieron permanecer en el esquema de pensión
vitalicia, rechazando el bono por pensión.
¿A qué pensionados no afecta esta nueva
disposición?
A todos aquellos trabajadores que:
-
Hayan
migrado al sistema de cuentas individuales.
-
Hayan
aceptado el bono por pensión
-
Perciban
una pensión menor a 10 UMA’, es decir menos de $27,424.50 mensuales.
-
A
quienes hayan entrado a trabajar después de la reforma a la Ley del ISSSTE de
abril del 2007.
Tramite un juicio contra el cálculo de la
pensión en UMA’S ¿Me aplica la nueva disposición?
·
Quienes
hayan ganado algún juicio en contra del cálculo de su jubilación a UMAS, estos
se seguirán respetando, por ya existir una sentencia emitida.
·
Quienes
actualmente se encuentren en juicio en contra del cálculo de su jubilación con
base en la UMA, deberá respetarse la resolución que se emita en el mismo,
independientemente que ya se encuentre vigente esta nueva resolución.
En conclusión
·
Si
un trabajador gana menos de $27,424.50 mensuales, esta nueva resolución no le
afectará y podrá jubilarse con el mismo salario que recibe.
·
En
cambio sí un trabajador gana más de $27,424.50 mensuales, esta nueva
disposición si le afecta, pues aunque se llegue a jubilar con un salario mayor,
por existir el tope de 10 UMA’S, este se ajustara al mismo, reduciéndose su
salario a $27,424.50 mensuales para jubilarse.
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Autor de
este artículo:
Enrique
Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en Derecho
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