Retiro Parcial por Desempleo IMSS
Plazo de solución: Aproximadamente 15 días hábiles.
¿Qué es?
Trámite mediante el cual el Trabajador puede hacer un retiro parcial de
su Cuenta Individual por situación de desempleo que, según la modalidad que
aplique, puede ser equivalente a:
a. Modalidad A: 30
días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de
Medida de Actualización.
b. Modalidad B: Lo que
resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en
las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados
en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).
¿Quién solicita?
Trabajador
¿Quién lo otorga?
IMSS y AFORE
Requisitos
- Tener
al menos 46 días en situación de desempleo.
- Tener
una Cuenta Individual registrada en una AFORE.
- No
haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
- Contar
con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un
Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con
información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de
domicilio y la captura de sus huellas digitales (véase “Generación de
Expediente de Identificación del Trabajador”).
- Para
ejercer la Modalidad A, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual
con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres
de cotización acreditados en dicha cuenta.
- Para
ejercer la Modalidad B, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual
con 5 años o más de haber sido aperturada.
Trámite
- Realizar
la Pre-solicitud de Retiro Parcial por Desempleo en el portal
www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio o bien, acudir
directamente a alguna sucursal de la AFORE que administra la Cuenta
Individual para que el personal de la Administradora auxilie al Trabajador
en la presentación de la Pre-solicitud.
- Acudir
a la sucursal seleccionada en la Pre-solicitud y presentar:
- Pre-Solicitud
de disposición de recursos por Retiro Parcial por Desempleo generada en
el portal E-SAR
- Solicitud
de disposición de recursos por Retiro parcial por desempleo debidamente
llenada y firmada, misma que será proporcionada por la AFORE.
- Identificación
oficial.
- Algún
documento que contenga el NSS del Trabajador.
- Estado
de cuenta bancario a nombre del Trabajador con número de Clave Bancaria
Estandarizada (CLABE) (opcional).
- La
AFORE gestionará el trámite ante el IMSS en un plazo no mayor a 10 días
hábiles de haber recibido la solicitud para obtener el certificado del
derecho al Retiro Parcial por Desempleo.
- Una
vez certificado el derecho por parte del IMSS, la AFORE pondrá a
disposición del Trabajador los recursos correspondientes de conformidad
con el derecho otorgado por el Instituto:
Para tramitar el retiro, adicionalmente a la documentación señalada en el numeral 1, los beneficiarios deberán presentar: - Modalidad
A: la AFORE entrega en una sola exhibición el equivalente a 30 días de su
último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida
de Actualización.
- Modalidad
B: la AFORE entrega hasta en seis mensualidades lo que resulte menor
entre el equivalente a 90 días del Salario Base de Cotización del
Trabajador en las últimas 250 semanas cotizadas (o las que tuviese) o el
11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV. Asimismo, el
Trabajador puede elegir la Modalidad A o bien, que el primer pago sea por
un monto de 30 días de su último Salario Base de Cotización, y en su
caso, el saldo restante en pagos subsecuentes.
Información Importante
- Al
realizar un retiro parcial por desempleo, el IMSS efectuará un descuento
de semanas cotizadas que será proporcional al monto de los recursos
retirados de la subcuenta de RCV. Las AFORE deberán asegurarse de que el
Trabajador conozca las implicaciones de realizar este tipo retiro y
manifieste que está consciente de ellas en el anexo de la solicitud. Las
semanas cotizadas podrán ser recuperadas realizando aportaciones
parciales o totales a dicha subcuenta.
- Para
el caso de los Trabajadores que obtengan el derecho a retirar los recursos
en mensualidades, la AFORE entregará los recursos correspondientes a la
primera mensualidad (la cual podrá ser por un monto de 30 días de su
último Salario Base de Cotización a solicitud del Trabajador) y las AFORE
deberán cerciorarse del estado de desempleo del Trabajador, previo a
realizar el pago de cada mensualidad subsecuente. Es recomendable que el
Trabajador solicite información sobre las fechas de los próximos pagos
para que, en caso de persistir el estado de desempleo, pueda enterarlo a
la AFORE y tramite el pago correspondiente.
- Para
que el Trabajador pueda recibir los pagos subsecuentes deberá acudir a la
AFORE dentro de los 5 días previos o posteriores a la fecha de pago para
manifestar, bajo protesta de decir verdad, que aún se encuentra
desempleado para que pueda recibir los pagos subsecuentes. Si tu AFORE
está vinculada en AforeMóvil www.gob.mx/aforemovil podrás
manifestarlo sin la necesidad de acudir a alguna sucursal.
- En
los casos en que el Trabajador tenga derecho a la Modalidad B, solicite
que el primer pago sea equivalente a 30 días de su último Salario Base de
Cotización y el monto remanente a pagar sea menor o igual al 20 por ciento
del pago total, las AFORE podrán pagar todo el remanente en una segunda
exhibición, siempre que así lo manifieste el Trabajador.
- El
pago de las mensualidades subsecuentes de la modalidad B se suspenderá si
el Trabajador se reincorpora al Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro
Social o si traspasa su cuenta a otra AFORE antes de cumplirse los pagos.
- El trámite de Pre-solicitud de Retiro Parcial a través del portal e-SAR es necesario a partir del 26 de noviembre de 2018.