¿Es legal que el patrón imponga multas o efectúe descuentos indebidos los salarios de los trabajadores?
Algunas empresas suelen incluir en sus reglamentos interiores o condiciones generales de trabajo, medidas disciplinarias consistentes en la imposición de multas a aquellos colaboradores que no cumplan con las disposiciones relativas a horas de entrada y salida, tiempo destinado para las comidas y períodos de reposo durante la jornada, como lo señala el artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo, lo que genera muchas inquietudes y no menos inconformidades.
¿En dónde
se debe regular los horarios de los trabajadores?
A
efecto de dar cumplimiento al artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo, se
deberá incluir en el reglamento: A) Horas de entrada y salida de los
trabajadores, tiempo destinado para las comidas y períodos de reposo durante la
jornada; b) Lugar y momento en que deben comenzar y terminar las jornadas de
trabajo. Para que el reglamento surta efectos, se deberá depositar ante la
Junta de Conciliación y Arbitraje, deberá imprimirse y repartirse entre los
trabajadores y se fijará en los lugares más visibles del establecimiento.
¿Se
pueden poner multas a los trabajadores?
No se
pueden imponer multas a los trabajadores o efectuar descuentos a sus salarios,
ya que el artículo 107 de la Ley Federal del Trabajo señala que “está
prohibida la imposición de multas a los trabajadores, cualquiera que sea su
causa o concepto” y por su parte el artículo 110 de la ley
establece que los descuentos en los salarios de los trabajadores están
prohibidos.
¿Qué acciones
pueden tomar los trabajadores en contra de la empresas?
Si una
empresa llegará a aplicar sanciones a los trabajadores, los afectados podrán demandar
ante un Juzgado laboral o la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva, la
rescisión de la relación laboral, y por consiguiente el pago de tres meses de
salario por concepto de indemnización constitucional, 20 días de salario por
cada año laborado, partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y
aguinaldo, así como 12 días de salario por cada año de servicio prestado por
concepto de prima de antigüedad, tal y como lo disponen los artículos 51
fracción IV y X, 76, 80, 87 y 162 fracción III de la Ley Federal del Trabajo.
¿Qué sanciones
me pueden imponer las autoridades?
En caso de la autoridad laboral descubra dichas prácticas contrarias a la ley, traería como consecuencia la imposición de una multa que va desde $4,481°° a $448,100°°, que corresponden al rango de 50 a 5,000 UMAS (unidades de medida y actualización), tal y como lo señalan los artículos 51 fracciones IV y X y 1002 de la Ley Federal del Trabajo
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Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán.