octubre 23, 2020

RENUNCIA VOLUNTARIA. UN NEGOCIO MILLONARIO.



RENUNCIA VOLUNTARIA. UN NEGOCIO MILLONARIO.

La historia

Recibí la instrucción de mi Jefe inmediato para que me presentará en la oficina de recursos humanos. Una vez que me encontraba en esa oficina me atendió una persona con la cual no había tratado antes y quién se identificó como la Licenciada Fabiola, acto continúo me indico que la empresa estaba pasando por una profunda transformación debido a la pandemia y la reconversión digital, motivo por el cual se tenía que prescindir de mis servicios y en este momento me pidió que le firmara mi carta renuncia ya que era necesaria para tramitar el pago de mi finiquito, una gratificación por los servicios prestados y mi constancia laboral. En ese momento tuve muchas dudas y sin entender bien lo que estaba pasando, opté por firmar y salir bien de la empresa.

El problema

En México y Latinoamérica, la gran mayoría de las empresas sin importar el ramo (agencias, supermercados, bancos, escuelas, fábricas, etc.), cotidianamente obligan a sus empleados a firmar su “renuncia voluntaria” con tácticas que van desde de la condescendencia hasta las amenazas y el secuestro. Estas malas prácticas de los patrones, con las cuales despiden a sus trabajadores, no se encuentran apegadas a la ley y desafortunadamente aunado a ello no se pagan en tiempo y forma al trabajador, ni se respetan los derechos laborales como lo son su liquidación, finiquito, antigüedad y su estabilidad en el empleo que marca la ley. Una de las realidades más recurrentes es que muy pocos trabajadores “renuncian” por su propia voluntad ya que en la mayoría de los casos son despedidos. Quienes firman su renuncia son presionados y engañados, quienes no firman no reciben un solo peso de su salario recién devengado y mucho menos su finiquito de prestaciones laborales o su “carta de recomendación” o constancia laboral, como medida de presión para obligarlos a firmar su “renuncia voluntaria”.

El gran negocio de la renuncia voluntaria

La mayoría de las empresas no se ajusta a derecho en materia de despido y para proteger sus intereses económicos primero despiden y mediante muchas argucias tratan a toda costa de obtener la renuncia voluntaria y seguramente te estarás preguntando ¿en dónde está el negocio? Cada vez que un trabajador despedido firma su renuncia deja de percibir, al menos, el importe de 90 días de su salario por concepto de indemnización constitucional, la prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario topado por cada año de servicios y en algunos casos en adición a lo anterior el importe de 20 días por cada año de servicios prestados, lo que representa a la empresa un ahorro estimado entre un 80% y 90% de las consecuencias económicas del despido. Para tratar de ejemplificar lo anterior pensemos en un grupo de 10 trabajadores despedidos y que firmen su “renuncia voluntaria”, que a cada uno de ellos le hubiese correspondido una liquidación de $100,000.oo por concepto de indemnización constitucional y prima de antigüedad y un finiquito de $10,000.oo que incluye salarios pendientes y partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Al firmar la renuncia pierden su derecho a la liquidación, es decir los $100,000.oo y sólo recibirán un finiquito de $10,000.oo por lo que la empresa se habrá ahorrado $1,000,000.oo al no tener que cubrir el monto de las liquidaciones, y también tendríamos que considerar el ahorro que significo el no tener que cubrir gastos legales a abogados que la representen en juicio por posibles demandas de despido.

La tercerización del despido

Si de por sí es desesperante el trabajador que lo despidan, a esto habrá que agregar que desde hace ya varios años la industria del despido ha llevado una práctica muy especial y dañina para la clase trabajadora: La llamada tercerización, outsourcing o subcontratación laboral. Con esta figura, que incluso se encuentra prevista en la legislación laboral, se contrata a los trabajadores a través de agencias de personal o administradoras de nómina con las cuales se busca disminuir la contingencia o riesgo patrimonial en caso de demandas laborales. Estas agencias tienen esquemas tan complejos que al empleado le llega a resulta incierto saber para quien trabaja en realidad, es decir, para quién aparece en los recibos de nómina, avisos al  seguro social y al gobierno o para quien se está beneficiando directamente de su servicio, ya que al momento de demandar por despido, estas empresas buscan deslindar al verdadero responsable de la fuente de trabajo, ya sea mediante el cambio continuó de quien aparece como patrón en los documentos laborales y avisos al gobierno o retrasando el inicio de los juicios por lo complejo que puede resultar notificarlos, sin dejar de mencionar su velada intención de querer demostrar la inexistencia de la relación entre este y el empleado.

La industria del juicio laboral

En caso de que el trabajador decida no aceptar firmar su renuncia voluntaria en caso de despido, tendrá que enfrentar un reto aún más complejo y costoso: La maquinaria judicial. Este parte del proceso de la industria del despido, inicia cuando el trabajador y, en su momento, el Patrón deberán buscar la asesoría de un abogado especialista en la materia de litigios laborales, teniendo como opciones: Los defensores públicos de los trabajadores que si bien no deberán cobrar honorarios, su intervención trae muchos costos ocultos como el tener que acudir constantemente a dar seguimiento al caso y cubrir todos los que se generen por la tramitación; una segunda opción son los abogados particulares que por su intervención cobrarán porcentajes sobre el valor de lo demandado que pueden oscilar entre un 20 a un 40%, además de tener que cubrir en muchos casos pagos iniciales y los costos de tramitación. En esta parte el negocio del despido se vuelve aún más rentable ya que estará generando ingresos tanto para los abogados de los trabajadores como de los patrones o empresas, los cuales pueden ir desde cantidades mínimas hasta sumas millonarias cuando pensamos en demandas infladas y pago de salarios vencidos o caídos, sin olvidar a peritos y demás personas que coadyuven en los procesos laborales que reciben pagos por su intervención. En la industria del despido es un tanto incierto sobre quien se lleva la ganancia ya que, en algunas ocasiones, puede ser el trabajador al obtener la condena en su favor, pero en otras los patrones al ser absueltos, pero siempre los abogados percibirán un porcentaje de lo ganado o cuotas mensuales durante el tiempo que dure el juicio y por ello algunos tratan de alargar los plazos de pago recurriendo a todo tipo de ardides y artimañas. Una dura realidad a la que se enfrentan trabajadores y patrones, principales actores en esta industria es que, para muchos abogados y juzgadores, los despidos pueden ser o causas perdidas o pingües negocios que mientras representen dinero en su bolsa pondrán su empeño, pero cuando este se agota, simplemente desaparecen.

La conclusión

Despido no es renuncia. Si el trabajador no solicitó su renuncia, la empresa lo está despidiendo y debe pagar el 100% de su liquidación. La renuncia limita el acceso a la justicia. Cuando alguien renuncia por engaños pone en riesgo sus derechos y deja en imposibilidad a la autoridad para resolver su conflicto en apego a la justicia. Asesoría antes de firmar. Ningún trabajador debe ser obligado a firmar documentos cuyo contenido desconoce o está en desacuerdo. Cualquier documento firmado bajo estas condiciones, carece de validez jurídica.

Si quieres encontrar más información sobre este episodio te comparto los siguientes enlaces

https://www.youtube.com/channel/UCym8M_tGmZ45RCyYzJyenOA?view_as=subscriber

Autor de este artículo:

Enrique Rueda Santillán.

Maestro y Licenciado en Derecho

El contenido de este artículo es propiedad de su autor

queda permitida su reproducción total o parcial citando al autor.