RENUNCIA VOLUNTARIA. UN NEGOCIO MILLONARIO.
La
historia
Recibí la
instrucción de mi Jefe inmediato para que me presentará en la oficina de
recursos humanos. Una vez que me encontraba en esa oficina me atendió una persona
con la cual no había tratado antes y quién se identificó como la Licenciada
Fabiola, acto continúo me indico que la empresa estaba pasando por una profunda
transformación debido a la pandemia y la reconversión digital, motivo por el
cual se tenía que prescindir de mis servicios y en este momento me pidió que le
firmara mi carta renuncia ya que era necesaria para tramitar el pago de mi
finiquito, una gratificación por los servicios prestados y mi constancia
laboral. En ese momento tuve muchas dudas y sin entender bien lo que estaba
pasando, opté por firmar y salir bien de la empresa.
El
problema
En
México y Latinoamérica, la gran mayoría de las empresas sin importar el ramo
(agencias, supermercados, bancos, escuelas, fábricas, etc.), cotidianamente
obligan a sus empleados a firmar su “renuncia voluntaria” con tácticas que van
desde de la condescendencia hasta las amenazas y el secuestro. Estas malas
prácticas de los patrones, con las cuales despiden a sus trabajadores, no se
encuentran apegadas a la ley y desafortunadamente aunado a ello no se pagan en
tiempo y forma al trabajador, ni se respetan los derechos laborales como lo son
su liquidación, finiquito, antigüedad y su estabilidad en el empleo que marca
la ley. Una de
las realidades más recurrentes es que muy pocos trabajadores “renuncian” por su
propia voluntad ya que en la mayoría de los casos son despedidos. Quienes firman
su renuncia son presionados y engañados, quienes no firman no reciben un solo
peso de su salario recién devengado y mucho menos su finiquito de prestaciones
laborales o su “carta de recomendación” o constancia laboral, como medida de
presión para obligarlos a firmar su “renuncia voluntaria”.
El
gran negocio de la renuncia voluntaria
La
mayoría de las empresas no se ajusta a derecho en materia de despido y para
proteger sus intereses económicos primero despiden y mediante muchas argucias tratan
a toda costa de obtener la renuncia voluntaria y seguramente te estarás
preguntando ¿en dónde está el negocio? Cada vez que un trabajador despedido
firma su renuncia deja de percibir, al menos, el importe de 90 días de su
salario por concepto de indemnización constitucional, la prima de antigüedad
equivalente a 12 días de salario topado por cada año de servicios y en algunos
casos en adición a lo anterior el importe de 20 días por cada año de servicios
prestados, lo que representa a la empresa un ahorro estimado entre un 80% y 90%
de las consecuencias económicas del despido. Para tratar de ejemplificar lo
anterior pensemos en un grupo de 10 trabajadores despedidos y que firmen su
“renuncia voluntaria”, que a cada uno de ellos le hubiese correspondido una
liquidación de $100,000.oo por concepto de indemnización constitucional y prima
de antigüedad y un finiquito de $10,000.oo que incluye salarios pendientes y partes
proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. Al firmar la
renuncia pierden su derecho a la liquidación, es decir los $100,000.oo y sólo
recibirán un finiquito de $10,000.oo por lo que la empresa se habrá ahorrado
$1,000,000.oo al no tener que cubrir el monto de las liquidaciones, y también
tendríamos que considerar el ahorro que significo el no tener que cubrir gastos
legales a abogados que la representen en juicio por posibles demandas de
despido.
La
tercerización del despido
Si de
por sí es desesperante el trabajador que lo despidan, a esto habrá que agregar
que desde hace ya varios años la industria del despido ha llevado una práctica muy
especial y dañina para la clase trabajadora: La llamada tercerización,
outsourcing o subcontratación laboral. Con esta figura, que incluso se
encuentra prevista en la legislación laboral, se contrata a los trabajadores a
través de agencias de personal o administradoras de nómina con las cuales se
busca disminuir la contingencia o riesgo patrimonial en caso de demandas
laborales. Estas agencias tienen esquemas tan complejos que al empleado le llega
a resulta incierto saber para quien trabaja en realidad, es decir, para quién
aparece en los recibos de nómina, avisos al
seguro social y al gobierno o para quien se está beneficiando
directamente de su servicio, ya que al momento de demandar por despido, estas
empresas buscan deslindar al verdadero responsable de la fuente de trabajo, ya
sea mediante el cambio continuó de quien aparece como patrón en los documentos
laborales y avisos al gobierno o retrasando el inicio de los juicios por lo
complejo que puede resultar notificarlos, sin dejar de mencionar su velada
intención de querer demostrar la inexistencia de la relación entre este y el
empleado.
La industria del juicio
laboral
En caso
de que el trabajador decida no aceptar firmar su renuncia voluntaria en caso de
despido, tendrá que enfrentar un reto aún más complejo y costoso: La maquinaria
judicial. Este parte del proceso de la industria del despido, inicia cuando el
trabajador y, en su momento, el Patrón deberán buscar la asesoría de un abogado
especialista en la materia de litigios laborales, teniendo como opciones: Los
defensores públicos de los trabajadores que si bien no deberán cobrar
honorarios, su intervención trae muchos costos ocultos como el tener que acudir
constantemente a dar seguimiento al caso y cubrir todos los que se generen por
la tramitación; una segunda opción son los abogados particulares que por su
intervención cobrarán porcentajes sobre el valor de lo demandado que pueden
oscilar entre un 20 a un 40%, además de tener que cubrir en muchos casos pagos
iniciales y los costos de tramitación. En esta parte el negocio del despido se
vuelve aún más rentable ya que estará generando ingresos tanto para los
abogados de los trabajadores como de los patrones o empresas, los cuales pueden
ir desde cantidades mínimas hasta sumas millonarias cuando pensamos en demandas
infladas y pago de salarios vencidos o caídos, sin olvidar a peritos y demás
personas que coadyuven en los procesos laborales que reciben pagos por su
intervención. En la industria del despido es un tanto incierto sobre quien se
lleva la ganancia ya que, en algunas ocasiones, puede ser el trabajador al
obtener la condena en su favor, pero en otras los patrones al ser absueltos,
pero siempre los abogados percibirán un porcentaje de lo ganado o cuotas
mensuales durante el tiempo que dure el juicio y por ello algunos tratan de
alargar los plazos de pago recurriendo a todo tipo de ardides y artimañas. Una dura realidad a la que se
enfrentan trabajadores y patrones, principales actores en esta industria es que,
para muchos abogados y juzgadores, los despidos pueden ser o causas perdidas o
pingües negocios que mientras representen dinero en su bolsa pondrán su empeño,
pero cuando este se agota, simplemente desaparecen.
La
conclusión
Despido no es renuncia. Si el trabajador no solicitó su renuncia, la empresa lo está despidiendo y debe pagar el 100% de su liquidación. La renuncia limita el acceso a la justicia. Cuando alguien renuncia por engaños pone en riesgo sus derechos y deja en imposibilidad a la autoridad para resolver su conflicto en apego a la justicia. Asesoría antes de firmar. Ningún trabajador debe ser obligado a firmar documentos cuyo contenido desconoce o está en desacuerdo. Cualquier documento firmado bajo estas condiciones, carece de validez jurídica.
Si
quieres encontrar más información sobre este episodio te comparto los
siguientes enlaces
https://www.youtube.com/channel/UCym8M_tGmZ45RCyYzJyenOA?view_as=subscriber
Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
El contenido de este artículo es
propiedad de su autor
queda permitida su reproducción
total o parcial citando al autor.