marzo 27, 2024

HOSTIGAMIENTO LABORAL. ¿SOY VÍCTIMA? ¿QUÉ PUEDO HACER?


¿Qué es el hostigamiento?

Es el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

Artículo 3° bis Ley Federal del Trabajo.

¿Qué es el acoso sexual?

Es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Artículo 3° bis Ley Federal del Trabajo.

¿En qué casos se presenta el hostigamiento laboral?

  • Limitarte la comunicación con tus compañeros o Cambiarte de ubicación para separarte de ellos.
  • Que juzguen ofensivamente tu trabajo.
  • Recibir agresiones verbales mediante gritos, insultos, críticas, etc.
  • Privarte de herramientas para realizar tu trabajo.
  • Imponerte funciones inferiores a las de tu puesto para degradarte.
  • Disminuirte tu salario y prestaciones.
  • ser discriminado o no recibir igual trato qué el resto del personal.
  • que te alteren continuamente horarios sin causa justificada.
  • Cargarte excesivamente de trabajo.

 ¿Qué puedo hacer en caso de ser víctima?

Por la vía laboral.

a)    Puedes citar al representante legal de la empresa a través de los Centros de Conciliación Laboral, pues el mobbing puede ser una causa de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador y la empresa tendría que indemnizarte. La solicitud la puedes presentar sin asistencia legal en la siguiente página electrónica: https://conciliacion.cdmx.gob.mx/asesoria/10

 

b)    En caso de no querer agotar la instancia conciliatoria, puedes demandar a la empresa ante los Tribunales laborales la rescisión de la relación laboral, para ello si requieres la asistencia legal de un abogado, el cual puede ser un defensor público de PROFEDET o particular de acuerdo a tus necesidades y posibilidades.

Por discriminación.

Si como consecuencia del acoso laboral estas siendo víctima de discriminación, con conductas tales como burlas u otros ataques hacia la dignidad de la persona, es posible interponer una queja ante la Comisión para Prevenir la Discriminación (COPRED) (CONAPRED). En este caso podrás obtener asesoría gratuita para proceder por otro tipo de vías. En la Ciudad de México la denuncia la puedes presentar sin asistencia legal en la siguiente página electrónica: https://copred.cdmx.gob.mx/servicios/servicio/denuncia

Por la vía civil.

Si como consecuencia del hostigamiento laboral estas siendo afectada emocional o económicamente, tienes la posibilidad de entablar una demanda por daños y perjuicios ante los tribunales civiles de tu localidad, en donde con la asistencia legal de un abogado podrás pedir la reparación del daño en especia o con otro tipo de acciones. Puedes solicitar una compensación económica por los daños sufridos, tanto los emocionales como a tu nombre y las posibles pérdidas ocasionadas por el acoso.


    Autor de este artículo:

    Enrique Rueda Santillán.

    Maestro y Licenciado en Derecho
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