noviembre 17, 2024

DESCANSO OBLIGATORIO NO PAGADO. DENUNCIA




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noviembre 14, 2024

EL BUEN FIN 4 DERECHOS LABORALES DE TODOS LOS TRABAJADORES

 EL BUEN FIN. 4 DERECHOS LABORALES DE TODOS LOS TRABAJADORES 

Enrique Rueda


¿Trabajas durante “El Buen Fin”? Hoy te voy a platicar sobre 4 importantes derechos establecidos en la Ley Federal del Trabajo que debes conocer y que deben ser respetados por los empleadores.

1.    Pago de Salario Triple.

¿Sabías que el tercer lunes de noviembre es día de descanso obligatorio?

Por esta razón, si trabajas ese día, ya sea por acuerdo o instrucción del patrón tienes derecho a recibir el pago de salario triple, es decir tu salario más un 200% más. Artículos 74 y 75

2.    Prima Dominical

¿Trabajarás el domingo?

De ser así tendrás derecho a recibir un pago adicional equivalente, cuando menos, al 25% sobre el salario de un día ordinario de trabajo. Así que si trabajas el domingo de “El Buen Fin” asegúrate de recibir tu prima dominical. Artículo 71

3.    Horas Extras

¿Trabajarás más de 8 horas diarias?

Si tu jornada de trabajo durante “El Buen Fin” excede de las 8 horas diarias, entonces tendrás derecho a que por cada hora excedente se te pague con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada normal, así que no dudes en exigir el pago de cada minuto extra de tu tiempo. Artículo 67.

4.    No permutar del día de descanso obligatorio

¿Te quieren “catafixiar” el descanso obligatorio?

El empleador no puede pedirte que cambies tu descanso obligatorio por otro día, bajo cualquier argumento o pretexto, ya que el descanso obligatorio es un derecho irrenunciable, por lo que cualquier acuerdo u oren en ese sentido no produce efectos legales. Ahora ya lo sabes, si te pretender cambiar el descanso por otro día, te tendrán que pagar salario triple. Artículo 5 fracción XIII

En conclusión, “El Buen Fin” es una fecha muy importante para las empresas, pero esto ni implica que se puedan vulnerar los derechos laborales. Recuerda que la mejor manera de defender tus derechos es estar informado.

 

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
El contenido de este artículo es propiedad de su autor
queda permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor

 

noviembre 12, 2024

6 DATOS SOBRE EL AGUINALDO

 6 DATOS SOBRE EL AGUINALDO


1.    ¿Cuántos días de aguinaldo son?

Deben ser 15 días de salario, cuando menos

2.    ¿Cuándo se debe pagar el aguinaldo?

Antes del del 20 de diciembre

3.    ¿Tengo derecho al aguinaldo aún de no tener un año de servicios?

Si, ya que los que aún no hayan cumplido el año de servicios, tendrán derecho al pago de la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado.

4.    ¿Los trabajadores eventuales, de medio tiempo, de fines de semana o con jornada reducida tienen derecho al aguinaldo?

Si y se les deberá pagar proporcionalmente en función de los días trabajados durante el año, sin importar el número de horas laboradas en cada jornada..

5.    ¿Cuánto de impuestos se quita por el aguinaldo?

El aguinaldo queda exento de ISR (Impuesto sobre la renta) cuando su monto no supera los 30 días de salario, por lo que sólo pagarás impuestos si el monto recibido es superior a $3,112.20, equivalente a 30 UMAS. El valor diario de la UMA es de $103.74 en 2023.

6.    ¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Para determinar la cantidad que se debe recibir, se debe conocer estos cuatro datos:

El salario diario

Días laborados en el año

Faltas injustificadas

Días de aguinaldo anual

Con dichos datos, se puede calcular lo que se recibirá de aguinaldo por medio de las siguientes operaciones aritméticas:

-       Dividir los números de días de aguinaldo entre 365, el resultado lo llamaremos Factor Aguinaldo

-       Multiplicar el Factor Aguinaldo por el número de días trabajados durante el año (hay que restar las faltas injustificadas, incapacidades, etc.), el resultado lo llamaremos días de Aguinaldo a recibir.

-       Multiplicar los Días de Aguinaldo a recibir por el salario diario y este es el monto que se deberá recibir.

 

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán.
Maestro y Licenciado en Derecho
Los Abogados, Platicando Legalmente
El contenido de este artículo es propiedad de su autor.
Queda permitida su reproducción total o parcial siempre y cuando se cite fuente y autor

 

Fuente: Fuente: Ley Federal del Traba

noviembre 11, 2024

18 DE NOVIEMBRE. DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO.

18 DE NOVIEMBRE. DÍA DE DESCANSO OBLIGATORIO.

Enrique Rueda Santillán



¿Por qué razón es día de descanso obligatorio?

Ya que así lo señala la Ley Federal del Trabajo: (Artículo 74)

I. El 1o. de enero;

II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;

III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;

IV. El 1o. de mayo;

V. El 16 de septiembre;

VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;

VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VIII. El 25 de diciembre, y

IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

¿Qué personas se deberán presentar a la empresa el día de descanso obligatorio?

En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el tribunal laboral. Artículo 75.

¿Cuánto me debe pagar si trabajo un día de descanso obligatorio?

Los trabajadores que presten sus servicios tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado. Para hacer el cálculo debes multiplicar el monto de tu salario diario por tres y tendrás el monto que te corresponde por trabajar el día de descanso obligatorio.

¿Cómo se calcula el pago del salario de ese día?

Veamos un ejemplo con un salario diario de $238.oo de un trabajador que si laboró. $300 x 3 = $900

SALARIO DIARIO

 $    300.00

DOBLE DEL SALARIO

 $    600.00

SALARIO DIA DESCANSO

 $  900.00

¿El día de descanso obligatorio se puede tomar a cuenta de vacaciones?

No, estos días están contemplados en la Ley como de descanso obligatorio y tendrán derechos a disfrutar de los mismos todos los trabajadores.

Me toca descansar el día de descanso obligatorio ¿tengo derecho a recibir mi salario?

Si, durante los días de descanso obligatorio los trabajadores tienen derecho a recibir el pago íntegro de su salario.

El día de descanso obligatorio coincide con mi descanso semanal ¿tengo derecho a un pago adicional?

No, sólo tendrás derecho al pago normal que corresponda a ese día.

¿El día de descanso obligatorio se aplica en todas las empresas?

Si, en todas las empresas privadas sin excepción se aplica el día de descanso obligatorio, ya que el artículo 1° de la Ley Federal del Trabajo establece que La presente Ley es de observancia general en toda la República y rige las relaciones de trabajo comprendidas en el artículo 123, Apartado "A", de la Constitución”.

¿Los trabajadores al servicio del estado tienen derecho a disfrutar del descanso obligatorio?

Si, los trabajadores al servicio del Estado tendrán derecho a disfrutar de los días de descanso obligatorio de conformidad con la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaría del Apartado B del artículo 123 Constitucional, y de las respectivas Leyes del Trabajo vigentes en cada entidad federativa, atendiendo a las necesidades y modalidades del servicio público.

¿Se puede permutar el día de descanso obligatorio por otro día de trabajo?

No, Si, en todas las empresas privadas sin excepción se aplica el día de descanso obligatorio; en este sentido el artículo 5° fracción XIII señala que:

Artículo 5°. Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal, ni impedirá el goce y el ejercicio de los derechos, sea escrita o verbal, la estipulación que establezca:

XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo.

En todos estos casos se entenderá que rigen la Ley o las normas supletorias en lugar de las cláusulas nulas.

¿Si falto a mi trabajo el día de descanso obligatorio me pueden despedir?

No, esa no es una de las causas previstas en el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo como despido justificado.

¿Si falto a mi trabajo el día de descanso obligatorio me pueden descontar salario triple?

No, sólo podría descontarse el salario base correspondiente a ese día si existiera acuerdo obrero patronal o determinación de la autoridad, en el sentido de que el trabajador debe prestar sus servicios el día de descanso obligatorio.

¿Me puedo negar a ir a laborar el día de descanso obligatorio?

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo señala que los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje” En tal virtud, si existe acuerdo sobre el número de trabajadores que deberán prestar sus servicios, no puedes negarte a acudir si eres uno de los designados. Pero si no hay acuerdo sobre el número de trabajadores que deban prestar sus servicios, tendrá que resolver la Junta, pero si nada resuelve no existe obligación del trabajador en acudir a prestar sus servicios.

¿Qué sanciones se le aplicará al patrón que no respete el día de descanso obligatorio o no pague el mismo?

Los patrones que incumplan con otorgar el día de descanso obligatorio u omitan el pago íntegro del mismo a aquellos trabajadores que lo labores, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización

Ley Federal del Trabajo

TÍTULO DIECISEIS

RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

Artículo 1000.- El incumplimiento de las normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de trabajo, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

En caso de no recibir el pago o no me respeten mi derecho al descanso obligatorio ¿a dónde puedo acudir?

Ante el Centro de Conciliación Laboral o la oficina de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que corresponda al domicilio en donde se ubique la fuente de trabajo.

TELÉFONO 800-911-7877 CORREO orientacionprofedet@stps.gob.mx

 

Autor de este artículo:
Enrique Rueda Santillán
Maestro y Licenciado en Derecho
Los Abogados, platicando legalmente PODCAST
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octubre 29, 2024

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1 y 2 NOVIEMBRE ¿DÍA FERIADO O DE DESCANSO OBLIGATORIO?

1 y 2 NOVIEMBRE

¿DÍA FERIADO O DE DESCANSO OBLIGATORIO?

 

Por Enrique Rueda.


El Día de Muertos es una de las festividades más tradicionales para los mexicanos, en donde algunos veneran a sus muertos, pero otros aprovechan para ir al pueblo, a pueblear o a la playa. Por ello mucha gente se pregunta si se trata de un feriado oficial o si es considerado como descanso obligatorio. La respuesta será dependiendo a la actividad a la que te dediques ya que de acuerdo podrás tomarlo como feriado o volártelo. Te explicamos el porqué.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?

 No tienen considerado ni el 1 ni el 2 de noviembre, ni los “días de muertos” como feriados o de descanso obligatorio”.

¿Qué dicen los Bancos?

La Asociación de Bancos de México (AMB) regularmente tiene considerado el 2 de noviembre como festivo para sus trabajadores, por lo que las sucursales de las instituciones financieras mantienen cerradas sus puertas, aunque siguen operando en cajeros automáticos, sucursales en tiendas de autoservicios y asistencia telefónica.

¿Qué dicen las Escuelas?

El día 1 de noviembre está señalado como día en que se suspenden las labores y por lo tanto no habrá clases presenciales ni en línea ni trabajo en las escuelas pertenecientes al sistema educativo nacional.

¿Qué dicen en las dependencias de Gobierno?

En el calendario oficial, que por regla general se publica a principios del año, se señalan que días se suspenderán las labores, siendo que regularmente se establece que el día 2 de noviembre se suspendan las labores. Para saberlo con precisión es importante que revises las publicaciones oficiales en su portal oficial o en el periódico oficial.

¿Qué dice en tu empresa?

En muchos contratos colectivos de trabajo o por costumbre se concede el día 2 de noviembre como feriado y se toma a cuenta de vacaciones o como día económico con goce o sin goce de sueldo por ello es importante que te informes con tu sindicato o el área de recursos humanos de tu empresa.

La conclusión

El puente de muertos no es día de descanso obligatorio señalado en la Ley Federal del Trabajo, pero si puede estar considerado como feriado en tu empresa o actividad.

Si quieres encontrar más información sobre este episodio te comparto los siguientes enlaces

https://youtu.be/bwjLvWBg2ek

 

Autor de este artículo:

Enrique Rueda Santillán.

Maestro y Licenciado en Derecho

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